Ilegalidad de la obligación de declarar bienes en el extranjero .Responsabilidad de la Hacienda pública.
Declaración del 720
El 1º de febrero de 2013 entró en vigor la obligación de declarar los bienes que los residentes en España tuvieran en el extranjero, a partir de 50.000 euros. En el concepto de bienes entra el dinero, inmuebles, todo aquello que sea susceptible de una valoración.-
A lo largo de 9 (nueve) años la Hacienda pública obtuvo información relevante de las personas e impuso y cobró sanciones desproporcionadas como así los declara el TJUE al declarar tambien la ilegalidad de la norma.
Olvidamos muchas veces que la jurisdicción española no termina en España sino en los tribunales de la Unión Europea a la que pertenecemos.
En fuentes de Hacienda esto se sabia o se sospechaba hace tiempo que podia ocurrir. Aparte del aluvión de reclamaciones y de la devolución de las multas aplicadas¿cómo se va a resarcir a los contribuyentes por la obtención indebida de datos personales que siguen en poder de la Administración?
Se abre un período de reclamaciones y de aplicación de un cierto "derecho al olvido" de los datos que tiene la Hacienda española de todos los contribuyentes.